En resumen
- La SCD es la Sociedad Chilena de Autores e Intérpretes Musicales, una corporación privada sin fines de lucro que gestiona los derechos por el uso de obras musicales y fonogramas.
- Para ser socio hay que ser autor, compositor o intérprete y declarar al menos una obra o una participación en una grabación; no se publica cuota de ingreso.
- El registro público se hace en el Departamento de Derechos Intelectuales (DDI), en línea por la plataforma CRIN: cuesta 10 % de una UTM, unos 7 215 CLP (≈ 7,35 USD) en octubre de 2026.
- Registrar no es obligatorio: la Ley 17.336 protege la obra por el solo hecho de crearla; la inscripción sirve como prueba.
- En conciertos con entrada, la tarifa general de la SCD es 8 % por obras y 4 % por fonogramas de la entrada bruta, sin IVA.
Si compones o tocas en Chile, hay dos instituciones que conviene conocer: el Departamento de Derechos Intelectuales (DDI), que lleva el registro público de obras, y la SCD, que cobra cuando tu música se usa en público. A diferencia de otros países, la SCD reúne en una misma entidad a autores e intérpretes. Esta guía ordena los dos trámites y explica cómo cobra la SCD por eventos.
¿Qué es la SCD Chile?
La SCD es la Sociedad Chilena de Autores e Intérpretes Musicales, una corporación de derecho privado sin fines de lucro que administra los derechos generados por el uso de obras musicales y fonogramas. Su web la presenta como creada por los propios autores, artistas, intérpretes y ejecutantes. Un documento de la OMPI sitúa su origen en 1987; en documentos antiguos aparece como Sociedad Chilena del Derecho de Autor, con la misma sigla.
En la práctica, la SCD hace dos cosas. Cobra licencias a quienes usan música en público: radios, canales, locales, eventos, transporte o plataformas digitales. Y reparte lo recaudado entre sus socios, según las obras declaradas y los usos informados. Si el concepto te resulta nuevo, el glosario explica qué son las regalías.
Como gestiona obras y fonogramas, una misma canción puede generar a la vez derechos para quien la escribió y para quien la interpretó en la grabación.
¿Dónde registrar una canción en Chile? DDI o SCD
El registro público se hace en el Departamento de Derechos Intelectuales; la afiliación para cobrar, en la SCD. No se sustituyen entre sí.
| Departamento de Derechos Intelectuales | SCD | |
|---|---|---|
| Qué es | Registro público del Estado (Servicio Nacional del Patrimonio Cultural) | Sociedad de gestión de autores e intérpretes |
| Para qué sirve | Prueba de autoría y fecha | Cobrar y repartir derechos por uso |
| Quién puede | Cualquier autor o titular | Autores, compositores e intérpretes |
| Costo | 10 % de una UTM por obra | Sin cuota publicada |
| Modalidad | En línea (CRIN), oficina o correo | Formularios por correo; luego plataforma de socios |
| ¿Obligatorio? | No | No |
La Ley 17.336 de Propiedad Intelectual reconoce los derechos de autor por el solo hecho de crear la obra, así que el registro es una prueba, no un requisito. La grabación es otro asunto: el fonograma tiene su propio trámite de inscripción en el DDI, como derecho conexo.
¿Cómo registrar una canción en el DDI y cuánto cuesta?
Se registra en línea en la plataforma CRIN del Departamento de Derechos Intelectuales, y cuesta el 10 % de una UTM. Los pasos según la ficha de ChileAtiende:
- Reúne los antecedentes. Para música nacional, dos ejemplares de la partitura escrita; si hay canto, cada copia incluye la letra.
- Entra en CRIN (crin.propiedadintelectual.gob.cl) e identifícate con ClaveÚnica, RUT, pasaporte o DNI.
- Completa los datos de la obra y adjúntala. Si pesa más de 30 MB, elige entrega presencial o por correo.
- Elige la forma de pago: Tesorería General de la República en línea, transferencia a BancoEstado o efectivo en la oficina.
- Espera el certificado: cinco días hábiles si la obra no tiene observaciones.
| Tipo de inscripción en el DDI | Arancel | Octubre de 2026 | ≈ USD |
|---|---|---|---|
| Cualquier otra inscripción (incluye obras musicales) | 10 % UTM | 7 215 CLP | 7,35 |
| Obras cinematográficas | 40 % UTM | 28 860 CLP | 29,39 |
| Ingeniería, arquitectura y software | 35 % UTM | 25 253 CLP | 25,72 |
La UTM de octubre de 2026 es 72 151 CLP, según el SII. La oficina está en Compañía de Jesús 3150, Santiago, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00. Si no escribes partituras, puedes preparar la línea melódica con nuestra herramienta de pentagramas o repasar lo básico en cómo leer partituras.
¿Cómo hacerse socio de la SCD?
Hay que ser autor, compositor o intérprete y declarar al menos una obra musical o una participación en una grabación. El proceso, según la página «Quiero ser socio/a»:
- Descarga y completa los formularios: solicitud de incorporación, mandato especial de administración de derechos, formulario de incorporación y el boletín de declaración de tu rol.
- Envía todo por correo con copia de tu cédula por ambos lados, los formularios firmados y tu huella en el mandato.
- Adjunta la obra. Como autor, un boletín por canción con la partitura de la línea melódica, el audio en MP3 y la letra por separado. Como intérprete, tu participación en un LP, EP o single, con el MP3 y, en LP o EP, la carátula y la contratapa.
- Revisión: si falta algo, la SCD lo pide por correo; si está completo, quedas registrado como «Postulante a Administrado».
- Ya aceptado, declaras obras y presentaciones en vivo en la plataforma de socios.
La SCD no publica cuota de incorporación. Para tocar en vivo, informa cada show con la planilla de ejecución musical: así cobran los autores de las obras que sonaron.
¿Cuáles son las tarifas de la SCD por usar música?
La tarifa depende del rubro, el tamaño y el aforo, y la SCD publica un documento por cada caso. En espectáculos con entrada, la tarifa general cobra porcentajes sobre la entrada bruta por función, descontado el IVA e incluidas las cortesías:
| Espectáculos con cobro de entrada (tarifa 11) | Obras | Fonogramas | Total |
|---|---|---|---|
| Tarifa general | 8 % | 4 % | 12 % |
| Convenio con productoras, pago dentro de 60 días | 5 % | 2,5 % | 7,5 % |
| Convenio con productoras, pago después de 60 días | 8 % | 4 % | 12 % |
| Conciertos de malls y grandes tiendas (convenio) | 5 % | 2,5 % | 7,5 % |
La parte de fonogramas no se cobra si no se usan grabaciones. Fiestas, banquetes y celebraciones en hoteles, clubes o centros de eventos tienen otra tarifa por evento (la 23), calculada por asistentes o por superficie del recinto. Las demás, para restaurantes, discotecas, hoteles o internet, están en la página de tarifas de la SCD.
¿Qué recomendamos a un músico chileno?
Inscribe en el DDI las canciones que más te importan y hazte socio de la SCD en cuanto tengas obras que suenen en público. El registro del DDI es barato y rápido; la SCD es la que te paga cuando tus temas suenan.
Si además publicas en plataformas, la grabación cobra por la distribuidora, que también te da los códigos ISRC: mira cómo subir tu música a Spotify y estima ingresos con la calculadora de regalías de streaming. Sobre canciones hechas con IA no encontramos una posición pública de la SCD; el marco general está en derechos de autor y música con IA. Para comparar con otros países, vuelve a la guía para registrar una canción por país o mira las fichas de Perú y APDAYC y de Argentina y SADAIC.
Fuentes y notas
Información orientativa, no asesoramiento legal. Conversiones con 1 USD = 981,82 CLP (open.er-api.com, 15/10/2026).
- SCD: inicio, Quiero ser socio/a, Tu obra genera derechos, tarifas y tarifa 11, espectáculos con entrada.
- Origen de la SCD en 1987: documento de la OMPI.
- Departamento de Derechos Intelectuales: ficha de ChileAtiende (aranceles, requisitos, canales y plazo) y ficha de fonogramas.
- Valor de la UTM 2026: SII.
- Ley 17.336 de Propiedad Intelectual: BCN Ley Chile.
- Datos verificados el 15 de octubre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la SCD Chile y qué significa?
SCD significa Sociedad Chilena de Autores e Intérpretes Musicales. Es una corporación de derecho privado sin fines de lucro, creada por autores, artistas, intérpretes y ejecutantes, que administra los derechos generados por el uso de obras musicales y fonogramas: cobra licencias a radios, televisión, locales, eventos y plataformas, y reparte lo recaudado entre sus socios.
¿Cómo inscribirse en la SCD Chile?
Para inscribirte en la SCD Chile debes ser autor, compositor o intérprete y haber declarado al menos una obra o tu participación en una grabación. Descargas los formularios de su web, los envías por correo con copia de tu cédula por ambos lados, tu huella en el mandato y la obra en partitura, letra y MP3. Tras la revisión quedas como Postulante a Administrado.
¿Cuánto cuesta registrar una canción en Chile?
Registrar una canción en el Departamento de Derechos Intelectuales cuesta el 10 % de una UTM, la tasa de «cualquier otra inscripción». Con la UTM de octubre de 2026 (72 151 CLP) son unos 7 215 CLP, cerca de 7,35 USD. Se usa la UTM del mes de llegada de la obra o del pago, así que confirma el monto con el DDI.
¿Cómo registrar una canción en derechos de autor en Chile?
Para registrar una canción en Chile entra en la plataforma CRIN del Departamento de Derechos Intelectuales, identifícate con ClaveÚnica, RUT, pasaporte o DNI, completa los datos, adjunta la obra y paga. Para música nacional, ChileAtiende pide dos ejemplares de la partitura con la letra. El certificado sale en cinco días hábiles si no hay observaciones.
¿Es lo mismo registrar en la SCD que en el DDI?
No es lo mismo. El DDI es el registro público del Estado y su inscripción sirve como prueba de autoría y fecha. La SCD registra las obras de sus socios para cobrar y repartir derechos cuando suenan en radio, en vivo o en plataformas. Son trámites complementarios y conviene hacer los dos.
¿Cuáles son las tarifas de la SCD?
Las tarifas de la SCD dependen del rubro, el tamaño y el aforo: hay tarifas para locales comerciales, restaurantes, discotecas, hoteles, radio y TV, internet, transporte y eventos. Para espectáculos con entrada, la tarifa general es 8 % por obras y 4 % por fonogramas de la entrada bruta sin IVA; las productoras con convenio pagan 7,5 % si pagan en 60 días.
¿Qué beneficios tiene ser socio de la SCD?
Ser socio de la SCD te permite cobrar los derechos que generan tus obras e interpretaciones en radio, televisión, locales con música en vivo y plataformas digitales. Según su web, además ofrece convenios con empresas, apoyo al desarrollo profesional y la app SCD Móvil, donde revisas liquidaciones, beneficios y planillas de ejecución.